Con motivo de la Jornada “Ley de créditos inmobiliarios. Un nuevo marco normativo” que tendrá lugar el próximo 27 de junio, hemos tenido la oportunidad de conversar con nuestro compañero Julián Salcedo, presidente de nuestro Foro de Economistas Inmobiliarios.

Julián, ¿Por qué esta jornada y por qué en este momento?

Una actual Ley de Créditos Inmobiliarios es la antigua Ley Hipotecaria, la que todos conocemos como Ley Hipotecaria, que ha sufrido una gran modificación tras su aprobación el pasado 16 de marzo y que entrará en vigor el próximo 17 de junio.  Y nosotros vamos a celebrar esta jornada el día 27 de junio, 10 días después de su entrada en vigor.

Por ello, todavía no se sabe muy bien cómo se va a aplicar la ley. Los bancos y todos los demás agentes involucrados en ella están preparándose a marchas forzadas para formar a su personal, para organizar sus estructuras. Nosotros vamos a debatir sobre ella apenas diez días después de su entrada en vigor y vamos a intentar explicar a las personas que asistan y a los que nos vean posteriormente en los videos que se graben, en qué consiste esta ley y cuáles son sus características, sus ventajas y también sus inconvenientes, porque alguno tendrá.

Entonces, por lo que parece deducirse de tus palabras ¿esta ley es de tanta relevancia?

Lo es. Es tan sencillo como preguntarse ¿cuántos españoles conoces que no tengan una hipoteca o que no aspiren a tenerla? Entendiendo por aspirar a que todo el mundo aspira a comprarse una vivienda. Y, ¿quién se la compra sin hipoteca? Muy pocos. Por tanto vamos a vernos afectados todos los consumidores que tengamos necesidad de pedir un préstamo a una entidad financiera para financiar una vivienda. Porque esta es una de las peculiaridades que incluye la nueva ley hipotecaria, y es que sólo afecta a estos préstamos que se concedan a particulares.

Lo es. Es tan sencillo como preguntarse ¿cuántos españoles conoces que no tengan una hipoteca o que no aspiren a tenerla? Entendiendo por aspirar a que todo el mundo aspira a comprarse una vivienda. Y, ¿quién se la compra sin hipoteca? Muy pocos. Por tanto vamos a vernos afectados todos los consumidores que tengamos necesidad de pedir un préstamo a una entidad financiera para financiar una vivienda. Porque esta es una de las peculiaridades que incluye la nueva ley hipotecaria, y es que sólo afecta a estos préstamos que se concedan a particulares.

Como has comentado esta ley todavía no ha entrado en vigor. En esta jornada ¿nos vais a desvelar alguna clave?

Esperamos que sí. Más que claves, vamos a intentar desvelar cuáles son las exigencias que conlleva la propia ley, qué ventajas supone… Entre otras la ventaja más sustancial es que se dice que es una ley que aporta a los consumidores certidumbre, garantía, seguridad, etc. Eso es cierto. De hecho la propia ley lo denomina algo así como transparencia material de las operaciones. Pero no todo son ventajas. Para las entidades o para los que están obligados a aplicarla, como los que nos van a acompañar en la Jornada, (los registradores notarios…) implica una serie de obligaciones nuevas que están implementando en este momento. De hecho, el viernes pasado se hablaba de que todavía se estaba implementando la plataforma informática para que los notarios y registradores cumplan con todas las obligaciones que impone esta ley.

Me llamaba la atención que en esta jornada los ponentes son representantes de organismos e instituciones ¿por qué?

Porque a todos los que van a intervenir como ponentes, esta ley les impone obligaciones que, aunque algunas ya las tuviesen, no las tenían con el alcance que tendrán ahora. Es el caso de los notarios, que van a estar obligados a informar -y además con una antelación mínima de 10 días- a los que van a suscribir una hipoteca para garantizar que conocen todos los compromisos que van a asumir al firmar una hipoteca. O los registradores para inscribir la garantía hipotecaria en el Registro de la Propiedad. Y luego, por supuesto, las entidades financieras representadas por la Asociación Española de Banca y también la Sociedad Hipotecaria Española. Sí, casi todos son instituciones. Nos faltan los consumidores, a los que intentaré representarles yo.

Y para  terminar ¿quieres añadir algo?

Tan solo decirles que si todas las leyes que se aprueban tienen trascendencia, esta ley la va a tener especialmente. Tenemos que ser conscientes de que cambia una tradición. La Ley Hipotecaria en su versión actual –al menos hasta que entre en vigor la nueva- data del año 1944, es decir, habrán transcurrido 75 años con esta redacción, salvo ligeras modificaciones introducidas por cambios, más que normativos por cambios de la propia actividad. Entonces sí va a tener gran trascendencia y creo que es casi de obligada asistencia, o por lo menos revisión posterior. Muchas gracias.