Estimados compañeros:
 
Os informamos que, en el BOE del sábado 17 de diciembre, ha salido publicado el Real Decreto por el que se modifica el Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, ambos del 16 de noviembre de 2007, así como las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas del 17 de septiembre de 2010, y las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos, del 24 de octubre de 2010.
 
Dicho Real Decreto había sido previamente aprobado por el Consejo de Ministros del viernes 2 de diciembre de 2016.
 
La nueva norma constituye el desarrollo reglamentario de las modificaciones introducidas en el Código de Comercio y en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital por la Ley de 20 de julio de 2015 y de Auditoría de Cuentas del 26 de junio de 2013, sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas.
 
Las principales novedades que el Real Decreto introduce en el Derecho contable español son las siguientes:

  1. Simplificación de las obligaciones contables de las pequeñas y medianas empresas:
    • Se elimina la obligatoriedad de elaborar el estado de cambios en el patrimonio neto.
    • Se reduce la información a incluir en la memoria en las siguientes áreas: actividad de la empresa, aplicación del resultado, activos financieros, pasivos financieros, fondos propios, situación fiscal, subvenciones, donaciones y legados, ingresos y gastos y operaciones con partes vinculadas.
  2. Nuevo tratamiento contable de los inmovilizados intangibles.
  3. Procedimiento sancionador abreviado previsto en la Ley de Auditoría de Cuentas.
  4. Tratamiento contable de los títulos habilitantes de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A. Se establece que estos títulos habilitantes no serán objeto de amortización, por sus especiales características, y debería ser objeto de análisis al menos anualmente su eventual deterioro.

 
Podéis acceder al texto íntegro de dicho Real Decreto a través de nuestra página web en la pestaña: LEGISLACIÓN/Textos Legales, o bien pinchando directamente aquí.
 
Esperando como siempre que sea de vuestro interés.
 

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